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Muchos clientes vienen a nuestro despacho de abogados en Teruel a solicitar información y consejos sobre el divorcio. En primer lugar, no existe ningún requisito para divorciarse, más allá de llevar, al menos, tres meses de matrimonio.
Hace años era necesario justificar una causa para ello, pero actualmente basta con que uno de los cónyuges manifieste su intención de hacerlo y el proceso se pone en marcha.
Cabe destacar que existen dos tipos de divorcios: los de mutuo acuerdo o contencioso. Obviamente, nuestro consejo legal es siempre buscar el acuerdo: nos ahorraremos tiempo, dinero y nuestra relación con la otra persona no sufrirá tanto desgaste.
Divorcio contencioso: consiste en un divorcio en el cual las partes no llegan a un acuerdo y por tanto, será el juez quien tenga que decidir sobre su situación matrimonial. Su procedimiento se regula en los artículos 769 y 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Divorcio de mutuo acuerdo: Es la forma menos perjudicial para las partes a la hora de llevar a cabo el procedimiento de divorcio. Se debe a que este método es más rápido y menos lesivo tanto económica, como sentimentalmente, de cara a los involucrados y a quienes pudieran verse afectados indirectamente (los hijos, por ejemplo). La base legal de este divorcio se puede leer en el artículo 87 del Código Civil. Además, su procedimiento se regula en el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Si el divorcio es de mutuo acuerdo puede tramitarse o bien con el mismo abogado o bien con dos distintos. En el caso del contencioso, cada parte tendrá su abogado.
Una de las recientes novedades para facilitar y abaratar los divorcios es que si no hay hijos y el divorcio es de mutuo acuerdo, este puede llevarse a cabo ante notario. En este caso, habrá que seguir tres pasos:
Pese a que se trata de un trámite muy sencillo, nuestros abogados siempre recalcan la importancia de contar con la asistencia de profesionales especializados. El acuerdo de divorcio es muy importante y tendrá una relevancia destacada en la vida de ambas partes de la pareja tras la firma.
En definitiva, si estás pensando en divorciarte, estás son las cuestiones legales que debes tener en cuenta:
·Acuerdo: Si el divorcio es de mutuo acuerdo, el trámite será mucho más rápido y económico.
·Custodia: En una compartida, cada uno de los progenitores sufragará los gastos de los hijos mientras estén en su compañía. Si es exclusiva para uno de los progenitores, el no custodio deberá abonar una pensión de alimentos.
·Pensión compensatoria: Su objetivo es compensar el desequilibrio económico que provoca el divorcio en uno de los cónyuges, ya sea por carecer de ingresos o bien por ser muy inferiores a los del otro.
·Declaración de la renta: La pensión de alimentos no tributa, siempre y cuando derive de una decisión judicial o acuerdo de divorcio, pero la compensatoria tributa si supera los 12.000 euros anuales.
·Plazos: Los procedimientos contenciosos siempre tardan mucho más y provocan un mayor desembolso económico que los de mutuo acuerdo.
·Costes: Un divorcio contencioso no solo es mucho más largo, sino también más costoso. Se trata de sumergirse en un procedimiento judicial que puede alcanzar hasta el año de duración.
·Separación de bienes: Es necesario realizar una liquidación de bienes
¿Necesitas que estudiemos tu divorcio a fondo? Ponte en contacto con nosotros. Disiparemos tus dudas y te asesoraremos en todo el proceso.
Hoy profundizamos sobre las cláusulas suelo. Es uno de los tipos de caso que más hemos llevado en nuestro despacho de abogados en Teruel este año. Se trata de la reclamación de los importes pagados por cláusulas suelo.
Las cláusulas suelo o el suelo hipotecario están estipuladas en un contrato de préstamo hipotecario. Se utiliza para establecer que el interés variable nunca pueda ser inferior a un determinado porcentaje. Es decir, limita que aunque el tipo de interés sea inferior, el consumidor no pueda beneficiarse de esa reducción en sus cuotas.
Aplicar este tipo de cláusulas era una práctica frecuente por todas las entidades bancarias hasta su prohibición en 2019.
Si firmaste una hipoteca antes, deberías revisar si tienes una incluida.
Si tu hipoteca tiene cláusulas suelo, puedes reclamar el importe íntegro. Existen sentencias judiciales de los últimos años que han declarado abusivas y nulas este tipo de cláusulas cuando no se han ofrecido con la suficiente transparencia por la entidad bancaria.
Así lo estipuló en 2013 el Tribunal Supremo, mientras que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó en 2016 que las entidades bancarias deberán devolver la totalidad de las cantidades pagadas de más por los consumidores desde la fecha de firm de la hipoteca.
Como en la mayoría de cuestiones legales, podemos llevar a cabo la reclamación por vía judicial y extrajudicial.
Es preferible comenzar con la vía extrajudicial, establecida en el Real Decreto – Ley 1/2017, de 20 de enero para medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo. Este procedimiento consiste en la reclamación extrajudicial de la devolución del importe correspondiente a la entidad bancaria, que contará con un plazo de 3 meses para devolver el dinero.
Si la devolución no se hace efectiva en este plazo, llega el momento de contratar a un abogado para efectuar la reclamación en sede judicial. En muchos otros casos, un abogado puede no recomendarte la vía judicial, puesto que un proceso judicial siempre puede ser tedioso y algo costoso.
La jurisprudencia está a favor del consumidor. Por esto mismo, es muy probable que, si un abogado especialista en derecho bancario estudia tu caso, te recomiende esta vía.
En nuestro despacho de Teruel hemos llevado multitud de casos de cláusulas suelo, y siempre hemos logrado que nuestro cliente recupere el dinero. Multitud de sentencias avalan que el consumidor tiene la razón y el banco debe de devolver estas cuantías.
Si tienes dudas, puedes consultarnos y estudiaremos tu caso sin compromiso, recomendándote la opción que más te beneficie para que puedas recuperar tu dinero.
En ocasiones, mientras conducimos, se nos cruza un animal salvaje que, sin poder evitarlo, choca con nuestro coche produciendo daños en el mismo. Entonces nos surgen las siguientes preguntas ¿se puede reclamar? y ¿a quién debemos reclamar?. En nuestro despacho de abogados de Teruel llevamos a cabo muchos casos como este, pues la provincia de Teruel es una zona con muchos animales de este tipo.
En un primero momento, la responsabilidad de los daños ocasionados por el atropello en vía pública de especies cinegéticas será responsable el conductor del vehículo, sin embargo “será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél” tal y como establece la Disposición adicional séptima de la Ley de Tráfico.
Estos daños producidos por animales salvajes, denominadas especies cinegéticas, son reclamables ante la administración de la comunidad autónoma, y ¿Cuáles son esas especies cinegéticas?
Son especies cinegéticas las que se encuentran dentro de la acción de la caza, existe una larga lista, en Aragón la podemos encontrar en la siguiente orden (actualizada cada año).
Los animales con los que suelen ocurrir estos atropellos son: corzo, gamo, jabalí, ciervo y zorro.
– Quienes pueden reclamar:
· Personas físicas
· Personas jurídicas
· Compañías de seguros
– Qué requisitos se exigen:
– El principal requisito es que los daños sean producidos por la acción directa de la caza, es decir, que se hayan producido batidas en los días anteriores al accidente que hayan producido que los animales se desplacen de lugar.
– Que los perjudicados mediante, dolo, culpa o negligencia no hayan contribuido a la producción del daño.
Este tipo de daños suelen ocurrir en zonas donde hay una gran cantidad de cotos o reservas de caza, por la consecuencia de las batidas de caza, estos animales se muevan e irrumpan en las carreteras, siendo imposible para los conductores esquivarlos. En muchas zonas de la provincia de Teruel sucede esto, por eso nuestros abogados cuentan con experiencia a la hora de tratar este tipo de trámites
Cuando sufrimos un accidente de estas características, es necesario aportar y justificar los daños mediante una documentación que, de no hacerlo, nuestra reclamación podría verse rechazada. Esta es:
+ Atestado de la Guardia Civil.
+ Permiso de circulación, ITV y características técnicas del vehículo.
+ Permiso de conducir del propietario y del conductor en el momento del accidente.
+ Informe pericial de los daños (generalmente es realizado por nuestra compañía de seguros).
+ Factura del taller y justificante de pago del mismo.
+ Fotografías de los daños en el vehículo.
+ Condiciones Generales y Particulares de nuestra póliza de seguro y el justificante de pago de la misma (siempre debe ser un justificante del año del accidente, actualizado).