Cierre de negocios por Covid-19: responsabilidad de la administración aragonesa
En el artículo que acompañamos analizamos las posibilidades que los propietarios de los negocios tienen de reclamar a la administración aragonesa por las pérdidas sufridas como consecuencia del cierre y limitaciones que han sufrido tras las restricciones impuestas por el Gobierno de Aragón para controlar la pandemia del Covid-19.
Aunque en el artículo se realiza un análisis más extenso y pormenorizado podemos concluir:
- Que las demandas en masa que se anuncian tienen pocas esperanzas de prosperar porque hay que analizar caso por caso. Teniendo en cuenta cómo se transmite el Covid-19, no es lo mismo una pequeña tienda de barrio que una multinacional, no es lo mismo una discoteca que una pequeña cafetería o no es lo mismo un establecimiento en un pequeño pueblo que una gran ciudad.
- La prueba, como en todos los procedimientos, será clave. Los propietarios deberán acreditar los daños sufridos mediante pruebas periciales pero también creemos que sería necesario aportar una prueba pericial realizada sobre los concretos riesgos de la actividad, del lugar donde se desarrolla, las medidas adoptadas para evitar el contagio, así como un informe epidemiológico sobre la situación de la pandemia y sobre las medias llevadas a cabo por la administración. Por su parte, la administración deberá acreditar con informes científicos que las medidas eran necesarias y adecuadas y que hizo todo lo posible antes de adoptarlas.
- La restricción de derechos fundamentales sólo debe producirse cuando se acredite que es absolutamente necesaria esa limitación; y la prueba le compete a la administración, no al administrado.
- En el juicio de proporcionalidad y la ponderación de ambos intereses es donde pondremos encontrar la solución a cada caso.
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